La LOE (Ley Orgánica de Educación) y la Función Directiva en España

11 02 2010

España – LOE – Comentarios sobre el acceso y las funciones del director enmarcadas en la LOE.
Por: Juan Sebastián Cortés.
Descargar acá el TEXTO COMPLETO DE LA LEY, publicado en el BOE

Sobre el acceso al cargo de director.

Cómo se nombra o elige el director del centro influye de forma definitiva sobre su habilidad para desempeñar el cargo. Los requisitos y condiciones que se consideran para elegir el director naturalmente inciden sobre los resultados del centro. En España la forma como se escoge el director del centro educativo público ha cambiado una y otra vez con distintas normativas.

La LOE de 2006, que modifica levemente la anterior ley, la LOCE, de 2002, dispone que el director del centro será nombrado mediante un concurso de méritos entre profesores funcionarios de carrera. La elección está a cargo de una comisión mixta formada por representantes del centro y de la Administración. Según la nueva ley, en la Comisión debe haber al menos un tercio de profesores elegidos por el Claustro y un tercio conformado por miembros, no profesores, del Consejo Escolar. El candidato debe presentar un proyecto de dirección y deberá cursar un programa de formación inicial, siempre y cuando, no tenga experiencia previa como director. Es evidente que en la decisión final se valora la experiencia y la trayectoria, pero en cambio son menos rigurosos en las exigencias de formación profesional y competencias para la dirección.

Sobre las funciones que debe ejerce el director.

Una de las formas de conocer las funciones y competencias que debe cumplir un director, es remitiéndose a las normas que regulan y definen su actividad. Aunque en la práctica, el empleo del tiempo y las actividades realizadas no coinciden necesariamente con las estipuladas en la regulación.

Estas son las funciones tal como aparecen en la LOE, clasificadas por tipo:

FUNCIONES DE REPRESENTACION (1)

a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.

FUNCIONES DE COORDINACION y EJECUCION (4)

b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de profesores y al Consejo Escolar.

c) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

d) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.

e) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro de profesores del centro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.

FUNCIONES DE CARÁCTER PEDAGÓGICO (1)

f) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.

FUNCIONES DE RELACIÓN Y COLABORACIÓN (3)

g) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, en cumplimiento de la normativa vigente sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.

h) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, en cumplimiento de la normativa vigente sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.

i) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.

j) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.

FUNCIONES DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO. (1)

k) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.

OTRAS FUNCIONES (2)

l) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro.

m)Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.

Se espera entonces un director administrativo-burocrático, con pocas responsabilidades en el ámbito pedagógico. Una cuestión que sin duda debilita el liderazgo académico y tiene efectos directos sobre la calidad de la educación en los centros españoles.

Descargar acá el TEXTO COMPLETO DE LA LEY, publicado en el BOE





«NO AL SOFTWARE LIBRE» Dice candidato Vargas Lleras

29 10 2009

COLOMBIA, Cartagena. 28 Oct – El día de hoy durante uno de los principales eventos de ANDICOM 2009, el precandidato presidencial Germán Vargas Lleras, cuando le preguntaron sobre el uso de software libre en instituciones publicas ,  educativas y en la industria privada dio un rotundo NO. Resulta bastante curioso este comentario cuando su página web www.vargaslleras.com está hecha en una de las plataformas de software libre más utilizadas y además nominada como «Mejor Plataforma CMS de Software libre en PHP«.

El comentario del precandidato refleja un profundo desconocimiento del tema y preocupa pues negar la implementación de este tipo de plataformas, sobre todo en instituciones públicas niega la posibilidad de ahorros importantes en ejecución de proyectos para reducir la brecha digital y ampliar la cobertura de las TICS en el país.

En el evento, los otros panelistas, los también precandidatos Andrés Felipe Arias y Martha Lucia Ramirez dieron respuestas igual de desconcertantes alegando defender la propiedad intelectual. ¿Confundieron software libre con piratería?

Juan Sebastián Cortés
Phidias Software – Comprometidos con la educación.





Conocimineto Computacional al alcance de todos – WolframAlpha

13 09 2009

Lanzada este año, la página http://www.wolframalpha.com ofrece una nueva forma de consultar información.

Al igual que Google la página tiene una barra de búsqueda pero ojo: En wolframalpha no encontrará resultados de páginas web, encontrará información util y respuestas a preguntas de diversas areas del conocimiento.

Algunos ejemplos de preguntas que lo sorprenderán:

– ¿ Qué temperatura hacia en su ciudad el día y hora de su nacimiento ?  (Busque «Bogotá, Colombia 03 march 1979«)

– ¿ Cuantas calorías tenia el desayuno que acaba de comerse ? (Busque «1 bread + 1 egg + 1 orange juice«)

– ¿ Cual ha sido el crecimiento de la población en Colombia en los ultimos años comparado con el de España? (Busque «colombia population vs spain population«)

– Su hijo de 4 años pesa 20Kg. ¿Tiene el peso adecuado en relación a su estatura ? (Busque «4 years old male 20 Kg weight«)

Visite http://www.woframalpha.com y se dará cuenta que tiene a su disposición una herramienta inmejorable para complementar y apoyar la educación.

Escribanos compartiendo su experiencia al utilizar este recurso.
Consulte aquí un video producido por
Robert Talbert, PhD, profesor de matemáticas y ciencias de la computación en Franklin College

FUENTE: WolframAlpha

Por: Juan Sebastián Cortés.
http://www.phidias.com.co





El Decreto 1290 y el sistema académico de su colegio.

14 07 2009

Bogotá. Por Juan Sebastián Cortés.

El decreto 1290, que reemplaza al 230 y que modifica  la forma como opera el colegio en términos de los periodos, notas y promoción, es un reto para el colegio en lo relacionado con el sistema de información o el sistema de notas del colegio.

Considero que es un punto acertado dar libertad a las instituciones educativas para tomar decisiones que antes estaban definidas en el anterior decreto. Ahora el colegio puede decidir:

  • Con cuantos periodos académicos va a trabajar.
  • Cuantos estudiantes pierden o no pierden el año. (Basado en su desempeño académico y no sólo en un límite o % establecido)
  • Cómo evaluar. Con letras, números, qué números, etc.

Estos 3 puntos, concentran el esfuerzo de los directivos del plantel en lo de verdad importante: La calidad de la educación. El decreto anterior demostró que la escala que se defina para calificar poco tiene que ver con el desempeño académico de los estudiantes. Ser exigentes para lograr resultados no significa utilizar convenciones más estrictas: Poco efecto (en lo académico y en los conocimientos de los estudiantes) tiene pasar de considerar el 6 como «ganado» a subir la barra a 7.5.  Pero bien, esto es un tema debatible e interesante para discutir más adelante.

Luego de decidir los periodos, las notas y los criterios de promoción a utilizar el Colegio debe preguntarse si su sistema de información (su software académico) está en capacidad de ajustarse para permitir diferentes periodos académicos, diferentes escalas de valoración y ajustes a los reportes o boletines.  Y atención! Estos cambios debe ser posible hacerlos no una sino muchas veces (cada año los criterios pueden cambiar) sin que representen un costo (de desarrollo, de soporte) para la institución.

Es importante entonces evaluar que su sistema de información sea:

1.Parametrizable (soporte cambios en el tiempo y que usted sepa cómo hacerlos!)

2.Económico (que no exista un costo en dinero ni en pérdida de datos al hacer estos cambios)

3.Unificado  (que permita cambios sin afectar los datos registrados de años anteriores. O mejor aún cambios sólo para algunos cursos. El colegio puede definir 4 periodos para preescolar y 3 para primaria?)

Finalmente, como director académico y rector asegúrese de centrar la atención en la Calidad de la educación pero no descuide  los puntos acá mencionados a la hora de evaluar el sistema o software académico de su institución.


Juan Sebastián Cortés.
Phidias Software